domingo, 28 de febrero de 2010

ENERGIA TERMICA


Se denomina energía térmica a la energía liberada en forma de calor. Puede ser obtenida de la naturaleza, a partir de la energía térmica, mediante una reacción exotérmica, como la combustión de algún combustible; por una reacción nuclear de fisión o de fusión; mediante energía eléctrica por efecto Joule o por efecto termoeléctrico; o por rozamiento, como residuo de otros procesos mecánicos o químicos. Asimismo, es posible aprovechar energía de la naturaleza que se encuentra en forma de energía térmica, como la energía geotérmica o la energía solar fotovoltaica.

La energía térmica se puede transformar utilizando un motor térmico, ya sea en energía eléctrica, en una central termoeléctrica; o en trabajo mecánico, como en un motor de automóvil, avión o barco.

La obtención de energía térmica implica un impacto ambiental. La combustión libera dióxido de carbono (CO2) y emisiones contaminantes. La tecnología actual en energía nuclear da lugar a residuos radiactivos que deben ser controlados. Además deben tenerse en cuenta la utilización de terreno de las plantas generadoras de energía y los riesgos de contaminación por accidentes en el uso de los materiales implicados, como los derrames de petróleo o de productos petroquímicos derivados.
Fundamentos de la energía térmica
Podemos decir que la energía térmica se relaciona íntimamente con el calor, o mejor dicho con los fenómenos caloríficos, para comprender un poco mejor esta idea, decimos que este tipo de energía se produce cuando dos cuerpos, que tienen diferentes temperaturas, se ponen en contacto.
El cuerpo caliente es el que comunica la energía al cuerpo frío, la diferencia entre ambas temperaturas es lo que se denomina energía térmica; no es tarea fácil definir de manera precisa a la energía térmica debido a que ésta posee más de un enfoque. De acuerdo con la teoría cinético-molecular, ésta es la energía resultante de sumar las energías mecánicas de los movimientos de las diferentes partículas que lo constituyen. La energía térmica no puede medirse en términos absolutos, pero sí podemos determinar cuánto varía y esto se hace tomando como referencia al calor. ¿Qué queremos decir con esto?, sencillamente que la cantidad de energía térmica que gana o pierde un cuerpo que se encuentra en contacto con otro el cual posee una temperatura diferente recibe la denominación de calor, y justamente son las variaciones de calor lo que implican una variación de energía térmica. En conclusión señalamos que el calor es la medida de este tipo de energía.

Aplicaciones

La energía térmica posee un sinfín de aplicaciones pero se emplea principalmente para abastecer a los sistemas de calefacción y para proveer agua caliente a los sistemas sanitarios; los equipos domésticos de alta tecnología cuentan con un desarrollo fiable y económico, pueden funcionar a base de energía solar o de otras fuentes. En el primer caso no debemos depender únicamente de los días soleados ya que los equipos actuales cuentan con depósito y un sistema energético auxiliar en donde se almacena toda la energía recogida durante días lo que nos permite utilizarla luego durante la noche.

La cocina es otro de los lugares en donde se utiliza la energía térmica, siempre y cuando nos refiramos a las cocinas solares; en ellas se pueden cocinar la mayoría de los platos que haríamos con un horno convencional con la ventaja de que en una cocina solar obtenemos un plato de manera ecológica. El único inconveniente de estos dispositivos es que necesita de un período de tiempo mucho más extenso para que los alimentos alcancen las temperaturas de cocción. La energía térmica no se ha explotado convenientemente aún pero, de acuerdo a varios entendidos, este proceso no demorará mucho tiempo; son muchas las naciones que han presentado planes y proyectos para incursionar en este recurso aprovechando sus beneficios al máximo. Seguramente, en pocos años, encontraremos muchos más hornos y radiadores solares que hoy en día.

ENERGIA SOLAR


La energía solar es la energía obtenida mediante la captación de la luz y el calor emitidos por el Sol.

La radiación solar que alcanza la Tierra puede aprovecharse por medio del calor que produce a través de la absorción de la radiación, por ejemplo en dispositivos ópticos o de otro tipo. Es una de las llamadas energías renovables, particularmente del grupo no contaminante, conocido como energía limpia o energía verde. Si bien, al final de su vida útil, los paneles fotovoltaicos pueden suponer un residuo contaminante difícilmente reciclable al día de hoy.

La potencia de la radiación varía según el momento del día, las condiciones atmosféricas que la amortiguan y la latitud. Se puede asumir que en buenas condiciones de irradiación el valor es de aproximadamente 1000 W/m² en la superficie terrestre. A esta potencia se la conoce como irradiancia.

La radiación es aprovechable en sus componentes directa y difusa, o en la suma de ambas. La radiación directa es la que llega directamente del foco solar, sin reflexiones o refracciones intermedias. La difusa es la emitida por la bóveda celeste diurna gracias a los múltiples fenómenos de reflexión y refracción solar en la atmósfera, en las nubes y el resto de elementos atmosféricos y terrestres. La radiación directa puede reflejarse y concentrarse para su utilización, mientras que no es posible concentrar la luz difusa que proviene de todas las direcciones.

Tecnología y usos de la energía solar

Clasificación por tecnologías y su correspondiente uso más general:
•Energía solar pasiva: Aprovecha el calor del sol sin necesidad de mecanismos o sistemas mecánicos.
•Energía solar térmica: Para producir agua caliente de baja temperatura para uso sanitario y calefacción.
•Energía solar fotovoltaica: Para producir electricidad mediante placas de semiconductores que se alteran con la radiación solar.
•Energía solar termoeléctrica: Para producir electricidad con un ciclo termodinámico convencional a partir de un fluido calentado a alta temperatura (aceite térmico)
•Energía solar híbrida: Combina la energía solar con otra energía. Según la energía con la que se combine es una hibridación:
oRenovable: biomasa, energía eólica.3
oFósil.
•Energía eólico solar: Funciona con el aire calentado por el sol, que sube por una chimenea donde están los generadores.
Otros usos de la energía solar y ejemplos más prácticos de sus aplicaciones:
•Huerta solar
•Central térmica solar, como:
ola que está en funcionamiento desde el año 2007 en Sanlúcar la Mayor (Sevilla), de 11 MW de potencia que entregará un total de 24 GWh al año
oy la de Llanos de Calahorra, cerca de Guadix, de 50 MW de potencia. En proyecto Andasol I y II.
•Potabilización de agua
•Cocina solar
•Destilación.
•Evaporación.
•Fotosíntesis.
•Secado.
•Arquitectura sostenible.
•Cubierta Solar.
•Acondicionamiento y ahorro de energía en edificaciones.
oCalentamiento de agua.
oCalefacción doméstica.
oIluminación.
oRefrigeración.
oAire acondicionado.
oEnergía para pequeños electrodomésticos.

ENERGIA EOLICA


Energía eólica es la energía obtenida del viento, es decir, la energía cinética generada por efecto de las corrientes de aire, y que es transformada en otras formas útiles para las actividades humanas.

El término eólico viene del latín Aeolicus, perteneciente o relativo a Eolo, dios de los vientos en la mitología griega. La energía eólica ha sido aprovechada desde la antigüedad para mover los barcos impulsados por velas o hacer funcionar la maquinaria de molinos al mover sus aspas.

En la actualidad, la energía eólica es utilizada principalmente para producir energía eléctrica mediante aerogeneradores. A finales de 2007, la capacidad mundial de los generadores eólicos fue de 94.1 gigavatios.1 Mientras la eólica genera alrededor del 1% del consumo de electricidad mundial,2 representa alrededor del 19% de la producción eléctrica en Dinamarca, 9% en España y Portugal, y un 6% en Alemania e Irlanda (Datos del 2007).

La energía eólica es un recurso abundante, renovable, limpio y ayuda a disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero al reemplazar termoeléctricas a base de combustibles fósiles, lo que la convierte en un tipo de energía verde. Sin embargo, el principal inconveniente es su intermitencia.

Cómo se produce y obtiene


La energía del viento está relacionada con el movimiento de las masas de aire que se desplazan de áreas de alta presión atmosférica hacia áreas adyacentes de baja presión, con velocidades proporcionales al gradiente de presión.
Los vientos son generados a causa del calentamiento no uniforme de la superficie terrestre por parte de la radiación solar, entre el 1 y 2% de la energía proveniente del sol se convierte en viento. De día, las masas de aire sobre los océanos, los mares y los lagos se mantienen frías con relación a las áreas vecinas situadas sobre las masas continentales.
Los continentes absorben una menor cantidad de luz solar, por lo tanto el aire que se encuentra sobre la tierra se expande, y se hace por lo tanto más liviana y se eleva. El aire más frío y más pesado que proviene de los mares, océanos y grandes lagos se pone en movimiento para ocupar el lugar dejado por el aire caliente.
Para poder aprovechar la energía eólica es importante conocer las variaciones diurnas y nocturnas y estacionales de los vientos, la variación de la velocidad del viento con la altura sobre el suelo, la entidad de las ráfagas en espacios de tiempo breves, y valores máximos ocurridos en series históricas de datos con una duración mínima de 20 años. Es también importante conocer la velocidad máxima del viento. Para poder utilizar la energía del viento, es necesario que este alcance una velocidad mínima que depende del aerogenerador que se vaya a utilizar pero que suele empezar entre los 3 m/s (10 km/h) y los 4 m/s (14,4 km/h), velocidad llamada "cut-in speed", y que no supere los 25 m/s (90 km/h), velocidad llamada "cut-out speed".
La energía del viento es utilizada mediante el uso de máquinas eólicas (o aeromotores) capaces de transformar la energía eólica en energía mecánica de rotación utilizable, ya sea para accionar directamente las máquinas operatrices, como para la producción de energía eléctrica. En este último caso, el sistema de conversión, (que comprende un generador eléctrico con sus sistemas de control y de conexión a la red) es conocido como aerogenerador.
En la actualidad se utiliza, sobre todo, para mover aerogeneradores. En estos la energía eólica mueve una hélice
Utilización de la energía eólica
La industria de la energía eólica en tiempos modernos comenzó en 1979 con la producción en serie de turbinas de viento por los fabricantes Kuriant, Vestas, Nordtank, y Bonus. Aquellas turbinas eran pequeñas para los estándares actuales, con capacidades de 20 a 30 Kw cada una. Desde entonces, la talla de las turbinas ha crecido enormemente, y la producción se ha expandido a muchos países


Ventajas de la energía eólica


Es un tipo de energía renovable ya que tiene su origen en procesos atmosféricos debidos a la energía que llega a la Tierra procedente del Sol.
Es una energía limpia ya que no produce emisiones atmosféricas ni residuos contaminantes.
No requiere una combustión que produzca dióxido de carbono (CO2), por lo que no contribuye al incremento del efecto invernadero ni al cambio climático.
Puede instalarse en espacios no aptos para otros fines, por ejemplo en zonas desérticas, próximas a la costa, en laderas áridas y muy empinadas para ser cultivables.
Puede convivir con otros usos del suelo, por ejemplo prados para uso ganadero o cultivos bajos como trigo, maíz, patatas, remolacha, etc.
Crea un elevado número de puestos de trabajo en las plantas de ensamblaje y las zonas de instalación.
Su instalación es rápida, entre 6 meses y un año.
Su inclusión en un sistema ínter ligado permite, cuando las condiciones del viento son adecuadas, ahorrar combustible en las centrales térmicas y/o agua en los embalses de las centrales hidroeléctricas.
Su utilización combinada con otros tipos de energía, habitualmente la solar, permite la auto alimentación de viviendas, terminando así con la necesidad de conectarse a redes de suministro, pudiendo lograrse autonomías superiores a las 82 horas, sin alimentación desde ninguno de los 2 sistemas.
La situación actual permite cubrir la demanda de energía en España un 30% debido a la múltiple situación de los parques eólicos sobre el territorio, compensando la baja producción de unos por falta de viento con la alta producción en las zonas de viento. Los sistemas del sistema eléctrico permiten estabilizar la forma de onda producida en la generación eléctrica solventando los problemas que presentaban los aerogeneradores como productores de energía al principio de su instalación.
Posibilidad de construir parques eólicos en el mar, donde el viento es más fuerte, más constante y el impacto social es menor, aunque aumentan los costes de instalación y mantenimiento. Los parques offshore son una realidad en los países del norte de Europa, donde la generación eólica empieza a ser un factor bastante importante.


Inconvenientes de la energía eólica


Aspectos técnicos
Debido a la falta de seguridad en la existencia de viento, la energía eólica no puede ser utilizada como única fuente de energía eléctrica. Por lo tanto, para salvar los "valles" en la producción de energía eólica es indispensable un respaldo de las energías convencionales (centrales de carbón o de ciclo combinado, por ejemplo, y más recientemente de carbón limpio). Sin embargo, cuando respaldan la eólica, las centrales de carbón no pueden funcionar a su rendimiento óptimo, que se sitúa cerca del 90% de su potencia. Tienen que quedarse muy por debajo de este porcentaje, para poder subir sustancialmente su producción en el momento en que afloje el viento. Por tanto, en el modo "respaldo", las centrales térmicas consumen más combustible por Kw/h producido. También, al subir y bajar su producción cada vez que cambia la velocidad del viento, se desgasta más la maquinaría. Este problema del respaldo en España se va a tratar de solucionar mediante una interconexión con Francia que permita emplear el sistema europeo como colchón de la variabilidad eólica.
la variabilidad en la producción de energía eólica tiene 2 importantes consecuencias:
Para evacuar la electricidad producida por cada parque eólico (que suelen estar situados además en parajes naturales apartados) es necesario construir unas líneas de alta tensión que sean capaces de conducir el máximo de electricidad que sea capaz de producir la instalación. Sin embargo, la media de tensión a conducir será mucho más baja. Esto significa poner cables 4 veces más gruesos, y a menudo torres más altas, para acomodar correctamente los picos de viento.
Es necesario suplir las bajadas de tensión eólicas "instantáneamente" (aumentando la producción de las centrales térmicas), pues sino se hace así se producirían, y de hecho se producen apagones generalizados por bajada de tensión. Este problema podría solucionarse mediante dispositivos de almacenamiento de energía eléctrica. Pero la energía eléctrica producida no es almacenable: es instantáneamente consumida o perdida.


Además, otros problemas son:

Técnicamente, uno de los mayores inconvenientes de los aerogeneradores es el llamado hueco de tensión. Ante uno de estos fenómenos, las protecciones de los aerogeneradores con motores de jaula de ardilla se desconectan de la red para evitar ser dañados y, por tanto, provocan nuevas perturbaciones en la red, en este caso, de falta de suministro. Este problema se soluciona bien mediante la modificación de la aparamenta eléctrica de los arogeneradores, lo que resulta bastante costoso, bien mediante la utilización de motores síncronos aunque es bastante más fácil asegurarse de que la red a la que se va a conectar sea fuerte y estable.
Uno de los grandes inconvenientes de este tipo de generación, es la dificultad intrínseca de prever la generación con antelación. Dado que los sistemas eléctricos son operados calculando la generación con un día de antelación en vista del consumo previsto, la aleatoriedad del viento plantea serios problemas. Los últimos avances en previsión del viento han mejorado muchísimo la situación, pero sigue siendo un problema. Igualmente, grupos de generación eólica no pueden utilizarse como nudo oscilante de un sistema.
Además de la evidente necesidad de una velocidad mínima en el viento para poder mover las aspas, existe también una limitación superior: una máquina puede estar generando al máximo de su potencia, pero si el viento aumenta lo justo para sobrepasar las especificaciones del aerogenerador, es obligatorio desconectar ese circuito de la red o cambiar la inclinación de las aspas para que dejen de girar, puesto que con viento de altas velocidades la estructura puede resultar dañada por los esfuerzos que aparecen en el eje. La consecuencia inmediata es un descenso evidente de la producción eléctrica, a pesar de haber viento en abundancia, y otro factor más de incertidumbre a la hora de contar con esta energía en la red eléctrica de consumo.
Aunque estos problemas parecen únicos a la energía eólica, son comunes a todas las energías de origen natural:

Un panel solar sólo producirá potencia mientras haya suficiente luz solar.
Una central hidráulica de represa sólo podrá producir mientras las condiciones hídricas y las precipitaciones permitan la liberación de agua.
Aspectos medioambientales
Molinos en La Mancha, España, famosos desde la publicación de la novela Don Quijote de la Mancha en 1605, son un patrimonio nacional. Generalmente se combina con centrales térmicas, lo que lleva a que existan quienes critican que realmente no se ahorren demasiadas emisiones de dióxido de carbono. No obstante, hay que tener en cuenta que ninguna forma de producción de energía tiene el potencial de cubrir toda la demanda y la producción energética basada en renovables es menos contaminante, por lo que su aportación a la red eléctrica es netamente positiva.
Existen parques eólicos en España en espacios protegidos como ZEPAs (Zona de Especial Protección de Aves) y LIC (Lugar de Importancia Comunitaria) de la Red Natura 2000, lo que es una contradicción. Si bien la posible inserción de alguno de estos parques eólicos en las zonas protegidas ZEPAS y LIC tienen un impacto reducido debido al aprovechamiento natural de los recursos, cuando la expansión humana invade estas zonas, alterándolas sin que con ello se produzca ningún bien.
Al comienzo de su instalación, los lugares seleccionados para ello coincidieron con las rutas de las aves migratorias, o zonas donde las aves aprovechan vientos de ladera, lo que hace que entren en conflicto los aerogeneradores con aves y murciélagos. Afortunadamente los niveles de mortandad son muy bajos en comparación con otras causas como por ejemplo los atropellos (ver gráfico). Aunque algunos expertos independientes aseguran que la mortandad es alta. Actualmente los estudios de impacto ambiental necesarios para el reconocimiento del plan del parque eólico tienen en consideración la situación ornitológica de la zona. Además, dado que los aerogeneradores actuales son de baja velocidad de rotación, el problema de choque con las aves se está reduciendo.
El impacto paisajístico es una nota importante debido a la disposición de los elementos horizontales que lo componen y la aparición de un elemento vertical como es el aerogenerador. Producen el llamado efecto discoteca: este efecto aparece cuando el sol está por detrás de los molinos y las sombras de las aspas se proyectan con regularidad sobre los jardines y las ventanas, parpadeando de tal modo que la gente denominó este fenómeno: “efecto discoteca”. Esto, unido al ruido, puede llevar a la gente hasta un alto nivel de estrés, con efectos de consideración para la salud. No obstante, la mejora del diseño de los aerogeneradores ha permitido ir reduciendo el ruido que producen.
La apertura de pistas y la presencia de operarios en los parques eólicos hace que la presencia humana sea constante en lugares hasta entonces poco transitados. Ello afecta también a la fauna.

jueves, 18 de febrero de 2010

NORMATIVA FORESTAL



DECRETO 1791
OCTUBRE 4 DE 1996 Por medio de la cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal.


LEY 139
DE JUNIO 21 DE 199 Por la cual se crea el Certificado de Incentivo Forestal
y se dictan otras disposiciones.

DECRETO 1824
(Agosto 3 de 1994) Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 139 de 1994.
El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las contempladas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política.

DECRETO 900
(Abril 1 de 1997) Por el cual se reglamenta el Certificado de Incentivo Forestal para Conservación.
El presidente de la República de Colombia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la Ley 139 de 1994 y del parágrafo del artículo 250 de la Ley 223 de 1995.

AIRE



Fuentes fijas y móviles

Proyecto de Normatividad de Fuentes Móviles. Relacionada con los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres a gasolina o diesel, y se definen los equipos y procedimientos de medición de las emisiones y se adoptan otras disposiciones.

Resolución No. 160 del 14 de junio de 1996 - Reglamentan los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por las fuentes móviles con motor a gasolina y diesel.

Calidad del aire

Resolución 601del 4 de abril de 2006. Por la cual se establece la Norma de Calidad del Aire o Nivel de Inmisión, para todo el territorio nacional en condiciones de
Referencia.

Decreto 979 de 2006. Calidad Aire.

Decreto 043 de 2005. Por el cual se toman medidas para controlar las exportaciones de Sustancia Agotadoras de la Capa de Ozono.

RECURSO DEL SUELO



Decreto 2811 de 1974 parte VII Del suelo agrícola y de los usos no agrícolas de la tierra.

Decreto 2655 de 1988 Código de Minas

Decreto Reglamentario 2462 de 1989 Sobre explotación de materiales de construcción.

Ley 388 de 1997, Artículo 33 Ordenamiento territorial, que reglamenta los usos del suelo


Contaminación

Decreto 2811 de 1974. Código nacional de los recursos naturales renovables y no renovables. Niveles de contaminación.


Uso

Decreto 879 de 1998, "Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes al ordenamiento del territorio municipal y distrital y a los planes de ordenamiento territorial".

Decreto 843 de 1979, Se dictan disposiciones para el control de la industria y comercio de los bonos o fertilizantes, enmiendas, acondicionadores del suelo, alimentos para animales, plaguicidas de uso agrícola, defoliantes, reguladores fisiológicos de las plantas, drogas y productos biológicos de uso veterinario.

Ley 1021 de 2006. Por la Cual se expide la Ley General Forestal.

RECURSO ATMOSFERICO



Decreto 2811 de 1974 Código de recursos naturales y del medio ambiente
Art. 33, 192, 193 Control de ruido en obras de infraestructura

Ley 09 de 1979 Código sanitario nacional

Decreto 02 de 1982 Reglamenta título I de la Ley 09-79 y el decreto 2811-74
Disposiciones sanitarias sobre emisiones atmosféricas
Art. 7 a 9 Definiciones y normas generales
Art.73 Obligación del Estado de mantener la calidad atmosférica para no causar molestias o daños que interfieran el desarrollo normal de especies y afecten los recursos naturales
Art. 74 Prohibiciones y restricciones a la descarga de material particulado, gases y vapores a la atmósfera
Art. 75 Prevención de la contaminación atmosférica
Ley 99 de 1993 Creación del SINA y se dictan disposiciones en materia ambiental
Art.5 Funciones de Minambiente para establecer normas de prevención y control del deterioro ambiental
Art. 31 Funciones de las CAR,s relacionadas con calidad y normatividad ambiental

Decreto 948 de 1995 Normas para la protección y control de la calidad del aire

Resolución 1351 de 1995 Se adopta la declaración denominada Informe de Estado de Emisiones-IE1

Resolución 005 de 1996 Reglamenta niveles permisibles de emisión de contaminantes por fuentes móviles

Resolución 864 de 1996 Identifica equipos de control ambiental que dan derecho al beneficio tributario según art. 170, ley 223 de 1995

MARES Y COSTAS



Ley 34 de 1971 Crea la Dirección General de Navegación y Puertos

Decreto 2811 de 1974Del mar y su fondo. Protección y permisos

Ley 75 de 1978 Asignó a la ARC funciones de control y vigilancia

Decreto 1874 de 1979Protección y prevención de la contaminación del medio marino

Decretos 1875/76 – 1979 Se define el concepto de contaminación marina y se dictan normas de protección

Ley 10 de 1979 Crea el cuerpo de guardacostas

Ley 1 de 1991 Estatuto portuario. Crea la Superintendencia General de Puertos

Documento CONPES 2147 –1991 Plan de expansión portuaria 91-93

Decreto 2721 de 1991Reglamenta el manejo, transporte, descargue y almacenamiento de productos químicos en puertos

Decreto 838 de 1992Reglamenta parcialmente la Ley 1 de 1991. Régimen de concesiones y licencias portuarias

Resolución 153 de 1992Reglamentación técnica de la operación de puertos

Documento CONPES 2688- 1993Plan de expansión portuaria 93-95

Ley 99 de 1993 Art. 5 Funciones del MMA.
Art. 18 Del INVEMAR. Art. Competencias del MMA en materia portuaria.
Art. 103 Apoyo de Fuerzas Armadas.
Art. 104 Comisión Colombiana de Oceanografía.

Decreto 1753 de 1994
Art. 7: Licencias ambientales de puertos, Art. 16: Competencias para evaluación, control y sanciones

Documento CONPES – 1996 Plan de expansión portuaria 95-97

Resolución 930 de 1996 Reglamenta la recepción de desechos generados por los buques en los puertos, terminales, muelles y embarcaderos

Ley 300 de 1997 Turismo

Documento CONPES 2688- 1998 Plan de expansión portuaria 97-99

Seguridad Industrial Resolución 2400 de 1979: Seguridad industrial en áreas de trabajo

Resolución 1405 de 1980: Comité de Higiene y Seguridad industrial

Decreto 614 de 1984: Sanidad portuaria y vigilancia epidemiológica en naves y vehículos terrestres

RESIDUOS PELIGROSOS



Resolución No. 189 Del 15 de Julio de 1994 Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. Por la cual se dictan regulaciones para impedir la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos.

Resolución 2309 de 1986, Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. Por la cual se dictan normas para el manejo de residuos especiales.

Decreto 1443 de 2004, Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-Ley 2811 de 1974, la Ley 253 de 1996, y la Ley 430 de 1998 en relación con la prevención y control de la contaminación ambiental por el manejo de plaguicidas y desechos o residuos peligrosos provenientes de los mismos y se toman otras determinaciones.

Decreto 2676 de 2000 Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares.

Resolución 886 de 2004. Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0058 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1609 de 2002. Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. Por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.

Decreto 4741 de 2005. Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. Por medio del cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.

Resolución No. 1402 de 2006, . Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial .Por la cual se desarrolla parcialmente el decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o desechos peligrosos”

RESIDUOS SOLIDOS



Ley 09 de 1979 Medidas sanitarias sobre manejo de residuos sólidos

Resolución 2309 de 1986 Define los residuos especiales, los criterios de identificación, tratamiento y registro. Establece planes de cumplimiento vigilancia y seguridad.

Resolución 541 de 1994 Reglamenta el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros, materiales concreto y agregados sueltos de construcción.

Ley 142 de 1994 Dicta el régimen de servicios públicos domiciliarios

Documento CONPES 2750 de 1994 Políticas sobre manejo de residuos sólidos

Resolución 0189 de 1994 Regulación para impedir la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos.

Decreto 605 de 1996 Reglamenta la ley 142 de 1994. En cuanto al manejo, transporte y disposición final de residuos sólidos

Ley 430 de 1998 Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.

Decreto Reglamentario 2462 de 1989 Reglamenta los procedimientos sobre explotación de materiales de construcción.

Resolución 0189 de 1994 Regulación para impedir la entrada de residuos peligrosos al territorio nacional.

Resolución 0477 de 2004 Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. "Por la cual se modifica la resolución 1045 de 2003 en cuanto a los plazos para iniciar la ejecución de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos PGRIS y se toman otras determinaciones.”

Resolución 1488 de 2003 Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial. “Por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y los límites máximos permisibles de emisión, bajo los cuales se debe realizar la disposición final de llantas usadas y nuevas con desviación de calidad, en hornos de producción de clinker de plantas cementeras.”

Decreto 1713 de 2002. Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial
“Por el cual se reglamenta la ley 142 de 1994, la ley 632 de 2000 y la ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el decreto ley 2811 de 1974 y la ley 99 de 1993 en relación con la gestión integral de residuos sólidos.”

Decreto 357 de 1997. Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial
“Regula el manejo, transporte y disposición final de los escombros y materiales de construcción.”

Decreto 605 de 1996.
“Vigente únicamente en el título de Prohibiciones, Sanciones y Procedimientos.”

Resolución 541 de 1994. Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial.
“Reglamentación de material de escombros y transporte de materiales de construcción.”

Ley 9 de 1979
“Ley Sanitaria Nacional (ministerio de Salud). Control de descargas de residuos sólidos y materiales que puedan afectar las condiciones sanitarias del medio ambiente.”

Resolución CRA No 233 de 2002
“Por la cual se establece una opción tarifaria para los multiusuarios del servicio de aseo, se señala la manera de efectuar el cobro del servicio ordinario de aseo para inmuebles desocupados y se define la forma de acreditar la desocupación de un inmueble.”

Decreto 838 de 2005.
“Por el cual se modifica el Decreto 1713 de 2002 sobre disposición final de residuos sólidos y se dictan otras disposiciones.”

RECURSO HIDRICO



Uso y consumo de recursos hídricos

Ley 373 de 1997 Por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.

Resolución 0866 de 2004. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Por la cual se adopta el formulario de información relacionada con el cobro de las tasas por utilización y el estado de los recursos hídricos, a que se refiere el Decreto 155 de 2004 y se adoptan otras disposiciones.


Vertimientos

Resolución 1596 de 2001. Por la cual se modifica la resolución 1074 de 1997.

Resolución 339 de 1999. Por la cual se implementa las unidades de contaminación hídrica UCH1 y UCH2.

Resolución 1074 de 1997. Por la cual el DAMA establece estándares ambientales en materia de vertimientos.

Ley 373 de 1997. Por la cual se establece el programa para uso eficiente y ahorro de agua

Decreto 901 de 1997. Por medio del cual se reglamentan las tasas retributivas, por la utilización directa o indirecta del agua como receptor de los vertimientos puntuales y se establecen las tarifas de éstas.

Decreto 1594 de 1984. Reglamenta los usos del agua y el manejo de los residuos líquidos.

Decreto 3440 de 2004. Por el cual se cobrará la tasa retributiva por los vertimientos puntuales realizados a los cuerpos de agua en el área de su jurisdicción.

Resolución 273 de 1997, Por la cual se fijan las tarifas mínimas de las tasas retributivas por vertimientos líquidos para los parámetros Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO) y Sólidos Suspendidos Totales (SST).


Aguas subterráneas

Resolución 1219 de 1998. Por la cual se reglamenta el pago de las tasas de aprovechamiento de aguas subterráneas a partir del 30 de septiembre de 1998.

Ley 373 de 1997. Por la cual se establece el programa para uso eficiente y ahorro del agua.

Resolución 815 de 1997. Por la cual se fija un término ara la implementación de medidores en los pozos de extracción de aguas subterráneas.

Resolución 250 de 1997. Por la cual se fijan tasas para el aprovechamiento de aguas subterráneas.

Resolución 251 de 1995. Por la cual se fija un lazo para la inscripción de pozos en la jurisdicción del DAMA.

Decreto 1541 de 1978. Por el cual se fijan los procedimientos para otorgar concesiones, exploración de aguas subterráneas entre otras disposiciones.


Aguas Superficiales

Resolución 0865 de 2004. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Por la cual se adopta la metodología para el cálculo del índice de escasez para aguas superficiales a que se refiere el decreto 155 de 2004 y de adoptan otras disposiciones.

Decreto 2811 de 1974, libro II parte III
Artículo 99: Establece la obligatoriedad de tramitar el respectivo permiso de explotación de material de arrastre
Art. 77 a 78 Clasificación de aguas.
Art. 80 a 85: Dominio de las aguas y cauces.
Art. 86 a 89: Derecho a uso del agua.
Art.134 a 138: Prevención y control de contaminación.
Art. 149: aguas subterráneas.
Art.155: Administración de aguas y cauces.

Decreto 1449 de 1977
Disposiciones sobre conservación y protección de aguas, bosques, fauna terrestre y acuática

Decreto 1541 de 1978
Aguas continentales: Art. 44 a 53 Características de las concesiones,
Art. 54 a 66 Procedimientos para otorgar concesiones de agua superficiales y subterráneas,
Art. 87 a 97: Explotación de material de arrastre,
Art. 104 a 106: Ocupación de cauces y permiso de ocupación de cauces,
Art. 211 a 219: Control de vertimientos,
Art. 220 a 224: Vertimiento por uso doméstico y municipal,
Art. 225: Vertimiento por uso agrícola,
Art. 226 a 230: Vertimiento por uso industrial,
Art. 231: Reglamentación de vertimientos.

Decreto 1681 de 1978 Sobre recursos hidrobiológicos

Ley 09 de 1979 Código sanitario nacional

Art. 51 a 54: Control y prevención de las aguas para consumo humano.
Art. 55 aguas superficiales.
Art. 69 a 79: potabilización de agua

Decreto 2857 de 1981 Ordenación y protección de cuencas hidrográficas

Decreto 2858 de 1981 Modifica el Decreto 1541 de 1978

Decreto 2105 de 1983 Reglamenta parcialmente la Ley 09 de a 1979 sobre potabilización y suministro de agua para consumo humano

Decreto 1594 de 1984 Normas de vertimientos de residuos líquidos
Art. 1 a 21 Definiciones.
Art. 22-23 Ordenamiento del recurso agua.
Art. 29 Usos del agua. Art. 37 a 50 Criterios de calidad de agua
Art. 60 a 71 Vertimiento de residuos líquidos.
Art. 72 a 97 Normas de vertimientos.
Art. 142 Tasas retributivas.
Art. 155 procedimiento para toma y análisis de muestras

Decreto 2314 de 1986 Concesión de aguas

Decreto 79 de 1986 Conservación y protección del recurso agua

Decreto 1700 de 1989 Crea Comisión de Agua Potable

Ley 99 de 1993 Art. 10,11,24,29: Prevención y control de contaminación de las aguas. Tasas retributivas.

Documento CONPES 1750 de 1995 Políticas de maneo de las aguas

Decreto 605 de 1996 Reglamenta los procedimientos de potabilización y suministro de agua para consumo humano

Decreto 901 de 1997 Tasas retributivas por vertimientos líquidos puntuales a cuerpos de agua

Ley 373 de 1997 Uso eficiente y ahorro del agua

Decreto 3102 de 1998 Instalación de equipos de bajo consumo de agua

Decreto 475 de 1998 Algunas normas técnicas de calidad de agua

Decreto 1311 de 1998 Reglamenta el literal G del artículo 11 de la ley 373 de 1997

NORMATIVIDAD DE FAUNA SILVESTRE Y CAZA



Decreto-Ley 2811 de 1974 Parte IXProtección y conservación de fauna silvestre:

Art. 247 Asegura la protección y manejo de la fauna silvestre
Art. 248 Define el sistema de aplicación
Art. 249 Definiciones
Art. 258, (literales C y D) Facultades de administración para la protección de la fauna silvestre

Protección y conservación de pesca:

Art. 266 Asegura conservación, fomento y aprovechamiento de los recursos hidrobiológicos
Art. 270 Definiciones
Art. 283, (literales B y C) Prohibiciones.

Decreto-Ley 1608 de 1978 Veda de especies faunísticas Regula la preservación, conservación, restauración y fomento de la fauna silvestre.

Art. 1,2,3 Objetivos, ámbito de aplicación
Art. 4 Definiciones
Art.5 Especies que no cumplen todo su ciclo de vida en el medio acuático
Art. 220 Prohibiciones generales.


Ley 13 de 1990 Estatuto general de pesca.
Ley 84 de 1989 Adopta el Estatuto nacional de protección de los animales

miércoles, 17 de febrero de 2010

NORMATIVIDAD SOBRE FLORA SILVESTRE Y BOSQUE




Ley 2 de 1959
Reserva forestal y protección de suelos y agua

Decreto 2811 de 1974 Libro II, Parte VIII
De los bosques, de las áreas de reserva forestal, de los aprovechamientos forestales, de la reforestación.

Art. 194 Ámbito de aplicación;
Art. 195-199 Definiciones;
Art. 196, 197, 200 y 241 Medidas de protección y conservación;
Art. 202 a 205 Áreas forestales
Art. 206 a 210 Áreas de reserva forestal; Art. 211 a 224 Aprovechamiento forestal

Decreto 877 de 1976
Usos del recurso forestal. Áreas de reservas forestales

Decreto 622 de 1977
Sobre Parques Nacionales Naturales PNN

Decreto 2787 de 1980
Reglamenta parcialmente el Decreto Ley 2811 de 1974

Ley 29 de 1986
Regula áreas de reserva forestal protectora

Resolución 868 de 1983
Sobre tasas de aprovechamiento forestal

Ley 139 de 1994
Crea el Certificado de Incentivo Forestal CIF

Ley 299 de 1995
Por la cual se protege la flora Colombiana.

Decreto 1791 de 1996
Régimen de aprovechamiento forestal y acuerdos regionales con este fin.

Decreto 900 de 1997
Reglamenta el Certificado de Incentivo Forestal CIF

Resoluciones del Ministerio del Medio Ambiente (INDERENA) y Corporaciones Autónomas Regionales
Establecen vedas de varias especies vegetales, a nivel nacional (INDERENA o Ministerio del Medio Ambiente), o regional (Corporaciones Autónomas Regionales).

ALGUNAS NORMAS GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE


Decreto ley 2811 de 1.974
Código nacional de los recursos naturales renovables RNR y no renovables y de protección al medio ambiente. El ambiente es patrimonio común, el estado y los particulares deben participar en su preservación y manejo. Regula el manejo de los RNR , la defensa del ambiente y sus elementos.

Ley 23 de 1973
Principios fundamentales sobre prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo y otorgó facultades al Presidente de la República para expedir el Código de los Recursos Naturales

Ley 99 de 1993
Crea el Ministerio del Medio Ambiente y Organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA). Reforma el sector Público encargado de la gestión ambiental. Organiza el sistema Nacional Ambiental y exige la Planificación de la gestión ambiental de proyectos. Los principios que se destacan y que están relacionados con las actividades portuarias son: La definición de los fundamentos de la política ambiental, la estructura del SINA en cabeza del Ministerio del Medio Ambiente, los procedimientos de licenciamiento ambiental como requisito para la ejecución de proyectos o actividades que puedan causar daño al ambiente y los mecanismos de participación ciudadana en todas las etapas de desarrollo de este tipo de proyectos.

Decreto 1753 de 1994
Define la licencia ambiental LA: naturaleza, modalidad y efectos; contenido, procedimientos, requisitos y competencias para el otorgamiento de LA.
Decreto 2150 de 1995 y sus normas reglamentarias. Reglamenta la licencia ambiental y otros permisos. Define los casos en que se debe presentar Diagnóstico Ambiental de Alternativas, Plan de Manejo Ambiental y Estudio de Impacto Ambiental. Suprime la licencia ambiental ordinaria

Ley 388 de 1997
Ordenamiento Territorial Municipal y Distrital y Planes de Ordenamiento Territorial.
Ley 491 de 1999 Define el seguro ecológico y delitos contra los recursos naturales y el ambiente y se modifica el Código Penal

Decreto 1122/99
Por el cual se dictan normas para la supresión de trámites.

Decreto 1124/99
Por el cual se reestructura el Ministerio del Medio Ambiente

NORMAS Y PRINCIPIOS CONTENIDOS EN LA CONSTITUCION POLITICA COLOMBIA




ART 7
Diversidad étnica y cultural de la Nación Hace reconocimiento expreso de la pluralidad étnica y cultural de la Nación y del deber del Estado para con su protección.

ART 8
Riquezas culturales y naturales de la Nación Establece la obligación del Estado y de las personas para con la conservación de las riquezas naturales y culturales de la Nación.

ART 49
Atención de la salud y saneamiento ambiental Consagra como servicio público la atención de la salud y el saneamiento ambiental y ordena al Estado la organización, dirección y reglamentación de los mismos.

ART 58
Función ecológica de la propiedad privada Establece que la propiedad es una función social que implica obligaciones y que, como tal, le es inherente una función ecológica.

ART 63
Bienes de uso público Determina que los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

ART 79
Ambiente sano Consagra el derecho de todas las personas residentes en el país de gozar de un ambiente sano

ART 80
Planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales Establece como deber del Estado la planificación del manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

ART 88
Acciones populares Consagra acciones populares para la protección de derechos e intereses colectivos sobre el medio ambiente, entre otros, bajo la regulación de la ley.

ART 95
Protección de los recursos culturales y naturales del país establece como deber de las personas, la protección de los recursos culturales y naturales del país, y de velar por la conservación de un ambiente sano.

ART 330
Administración de los territorios indígenas establece la administración autónoma de los territorios indígenas, con ámbitos de aplicación en los usos del suelo y la preservación de los recursos naturales, entre otros.